El Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 rebaja de 8.000 euros a 2.000 euros los límites anuales de aportación a sistemas de previsión social individuales y también a los del cónyuge. Esto afectará negativamente al conjunto de la ciudadanía y, en especial, a los trabajadores autónomos.
18 asociaciones empresariales y profesionales estiman que debe mantenerse el tratamiento actual de los instrumentos de ahorro individuales de previsión social complementaria. Los firmantes de este manifiesto conjunto son ADECOSE, AEB, AEDAF, AMAEF, ASCRI, ATA, CECA, CEOE, CEPYME, la Confederación Española de Mutualidades, el Consejo General de Colegios de Mediadores, FECOR, el Instituto de Actuarios Españoles, el Instituto de Estudios Económicos, INVERCO, OCOPEN, UNACC y UNESPA.
En España hay más de 7,5 millones de partícipes en planes de pensiones individuales y casi 1 millón de asegurados en planes de previsión asegurados (PPA) que se van a ver afectados con carácter directo e inmediato por la medida. Muchos de ellos son trabajadores por cuenta propia o empleados de pymes.
En opinión de las entidades firmantes, la encomiable intención del Gobierno de impulsar la previsión social complementaria en el ámbito empresarial en España no debe realizarse a costa del ahorro que destinan por su cuenta los particulares a reforzar su futura pensión.
El ahorro individual para la jubilación es necesario por varias razones. La primera de ellas es la estructura del mercado laboral español. El establecimiento de diferentes límites de aportación a sistemas de previsión social, relegando a los sistemas individuales que tendrían un límite notoriamente inferior, es discriminatorio para la gran mayoría de la población ocupada española. Afectaría especialmente a las más de 3,2 millones de personas adheridas al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social; así como a los empleados de las pymes, en las que el ahorro colectivo apenas está presente. Se debe posibilitar a toda esta población ocupada que queda fuera de la previsión social empresarial que pueda acceder a sistemas de previsión individuales en las mismas condiciones y requisitos que cualquier otro trabajador.