El Banco de España ha publicado una nueva circular que simplifica las obligaciones de información financiera exigidas a las entidades de crédito supervisadas. La norma introduce cambios en la circular contable y en la de la Central de Información de Riesgos (CIR) con el objetivo de reducir la carga de datos requerida a la banca.
La circular en el Boletín Oficial del Estado, modifica la Circular 4/2017, conocida como circular contable, para alinearla con las normas internacionales de información financiera adoptadas en la Unión Europea (NIIF-UE). En concreto, incorpora los últimos cambios de la NIIF-UE 9 sobre instrumentos financieros.
Con esta adaptación, el supervisor busca evitar la aplicación de criterios contables distintos entre las cuentas anuales individuales y consolidadas de las entidades financieras.
Revisión del riesgo país y geopolítico
La circular también revisa los requerimientos de coberturas por riesgo de crédito por razón de riesgo-país. Este componente incluye el riesgo soberano, el riesgo de transferencia, vinculado a la falta de divisas para atender deudas, y otros riesgos asociados a la actividad internacional, como guerras o catástrofes naturales.
El Banco de España justifica esta revisión por el solapamiento parcial entre el riesgo-país y el riesgo geopolítico en determinados factores de riesgo. Según el organismo, la consideración del riesgo geopolítico ha adquirido una relevancia creciente en la estimación de coberturas por riesgo de crédito.
