Desde hace días es habitual leer la palabra whistleblower, un término tradicionalmente asociado al silbato que utilizaba la policía de Reino Unido para alertar de la existencia de un riesgo y, de esta forma, salvaguardar la seguridad de las personas. En la actualidad, esta expresión también se utiliza para designar a la Directiva UE 2019/1937, una norma que entró en vigor en todos los países de la Unión Europea (UE) el pasado 17 de diciembre y que, desde entonces, ya es de obligado cumplimiento para las empresas de más de 250 empleados.
A pesar de este paso, España todavía se encuentra un poco más rezagada respecto a otros países de su entorno y no fue hasta hace pocas semanas cuando se puso en marcha la transposición de la Directiva a la legislación española, gracias a la aprobación del Anteproyecto de Ley dado a conocer por el Consejo de Ministros. En este sentido, esta nueva norma impone a un gran número de entidades públicas y privadas la obligación de contar con canales internos de comunicación que protejan a los ciudadanos que comuniquen posibles infracciones o irregularidades.
Para analizar las implicaciones de esta Directiva en las empresas españolas, DIRIGENTES ha conversado con Alejandro Delgado, socio de GlobalSuite Solutions. Tal y como explica, “el Gobierno ha ido con retraso a la hora de transponer la Directiva a la legislación española, algo que hizo cuando el pasado 4 de marzo presentó el anteproyecto de Ley”. Sin embargo, con ese paso, “España se libra de una sanción por parte de la UE y, ahora, el texto está siendo revisado por organismos como la CNMV, CNMC o FROB, antes de pasar a su tramitación en el Parlamento”.
Después de este proceso, “se prevé la entrada en vigor a los 20 días de publicarse en el BOE, y otorga un plazo máximo de tres meses desde esa entrada en vigor para que las organizaciones obligadas a implantar los canales los materialicen”. De esta manera, tomando como punto de referencia el concepto que antiguamente se le daba al término whistleblower, desde Idbo Consultants y Procesia también declaran que “el objetivo de la nueva Ley, igual que el de la Directiva de la UE, es potenciar esa percepción” y, por ello, consideran que el uso del lenguaje es “muy importante”.
En este sentido, afirman que “el Anteproyecto cambia la forma de designar a la persona que comunica infracciones o irregularidades, popularmente conocida como ‘chivato o ‘soplón’, con un evidente significado negativo, y en el ámbito jurídico como ‘denunciante’”. Así las cosas, “ahora este término desaparece y la nueva norma prefiere identificar a dicha persona como ‘informante’”, lo que conlleva un cambio cultural.
