La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha dictado una resolución sin precedentes. Por primera vez, prohíbe a una empresa participar en contratos públicos por vulnerar la Ley de Defensa de la Competencia.
La sancionada es Eólica del Alfoz, multada con 958.593 euros por abusar de su posición de dominio al actuar como interlocutor único de un nudo eléctrico clave.
Según la resolución publicada, la compañía aprovechó su rol para favorecer a una instalación renovable de su propio grupo, bloqueando el acceso de un competidor a la red de transporte de energía en el nudo Villimar 220 kV.
Además de la multa económica, la CNMC prohíbe a Eólica del Alfoz contratar con el sector público durante seis meses en todo el territorio nacional.
La medida no solo impone una fuerte penalización económica, sino que activa por primera vez un nuevo criterio de sanción introducido en 2023. Hasta ahora, la CNMC se limitaba a declarar la prohibición y delegar en el Ministerio de Hacienda la decisión sobre su alcance.

