La CNMC multa a la filial de Naturgy por prácticas anticompetitivas

La CNMC ha sancionado a UFD, filial de Naturgy, por restringir la competencia en la instalación de contadores eléctricos.
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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto una multa de 5,08 millones de euros a UFD Distribución Electricidad, filial del grupo Naturgy, por restringir la competencia en el mercado de instalación de contadores eléctricos. La conducta se produjo entre mayo de 2018 y mayo de 2021.

Además de la sanción económica, la resolución incluye la prohibición de contratar con el sector público durante cuatro meses en todo el territorio nacional. La medida afecta a contratos de obras, suministros y servicios vinculados a la instalación de equipos de medida eléctrica en puntos de suministro de baja tensión.

La prohibición no se aplicará en aquellos casos en los que UFD esté obligada por la normativa sectorial a prestar el servicio. Contra la resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses desde su notificación.

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Origen de la investigación

La investigación se inició tras una denuncia de Axon Time y Enerlin Ingenieros, que acusaron a UFD de posibles prácticas contrarias al derecho de la competencia. A raíz de esta denuncia, la CNMC realizó inspecciones en abril de 2023 en dos sedes del grupo Naturgy.

Posteriormente, en noviembre de 2023, el organismo regulador abrió un procedimiento sancionador contra la distribuidora eléctrica. El análisis se centró en la interpretación que UFD hacía de la normativa sobre telegestión de contadores eléctricos.

Según la CNMC, la compañía extendió indebidamente al segmento industrial una obligación normativa que solo afectaba al segmento doméstico, concretamente en relación con los contadores tipo 3 y 4.

Efectos sobre la competencia

Esta interpretación se tradujo en la imposición de requisitos no previstos en la normativa, así como en la denegación o el retraso en la instalación y activación de equipos de medida propiedad de otras empresas y clientes industriales.

Aunque UFD corrigió internamente esta interpretación en mayo de 2021, la CNMC considera acreditado que durante el periodo analizado la empresa limitó la competencia y redujo la capacidad de elección de consumidores y operadores alternativos.

El regulador recuerda que el derecho de la competencia exige a las empresas en posición de dominio una responsabilidad reforzada, tanto en el mercado que controlan como en los mercados conexos.

Obligaciones adicionales

Junto a la sanción, la CNMC ha impuesto a UFD obligaciones de cumplimiento e información. Entre ellas, la distribuidora deberá activar los equipos de telemedida de terceros ya instalados y permitir la instalación y activación de nuevos equipos cuando lo solicite el cliente.

Asimismo, deberá autorizar la instalación de equipos de medida amparados normativamente, informar a los titulares de los puntos de suministro afectados y publicar en su web las nuevas obligaciones derivadas de la resolución.

Estas medidas buscan restablecer la competencia efectiva en el mercado de instalación de contadores eléctricos y garantizar el cumplimiento de la normativa en un sector clave para el funcionamiento del sistema eléctrico.

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