Aunque la mayor parte del texto entró en vigor el pasado 1 de enero, estas sanciones, que suponen el doble de las que existen en la actualidad, serán aplicables unos días más tarde, ya que el texto legislativo establece una ‘vacatio legis’ de dos meses desde la publicación de la norma en el BOE para el apartado referido a estas sanciones.
Concretamente, se multará con entre 150.000 y 600.000 euros a aquellas páginas web que vulneren los derechos de propiedad intelectual en Internet, así como las multas del mismo importe para aquellos prestadores de servicios de intermediación, los servicios de pagos electrónicos o de publicidad que se nieguen a suspender el servicio a la web infractora.
¿Cómo funcionan las multas?
Cuando la Comisión de Propiedad Intelectual solicita al responsable de una página web retirar un contenido determinado, hay un plazo de diez días para hacerlo. Pasado ese período puede actuar la Sección Segunda solicitando ayuda a los servicios intermediarios para eliminar los enlaces ilegales.
Si el dominio está bajo el código español ".es" la autoridad de registro no podrá volver a asignar dicho sitio hasta que pasen al menos 6 meses desde el procedimiento de retirada de enlaces ilegales. El resto de las puntualizaciones de la ley entrarán en vigencia el 5 de noviembre de 2015.