Hacienda contradice al juez en la financiación ilegal del PP

Una de las líneas de investigación del juez Pablo Ruz, que instruye el caso Bárcenas, es que el Partido Popular ha incurrido en un delito fiscal por no pagar en el Impuesto de Sociedades la cantidad de donaciones que superaban el límite legal estipulado en la Ley de Partidos. El magistrado pidió un informe a la Agencia Tributaria de las posibles causas fiscales que se derivan de los papeles de Bárcenas, como las obras de la sede o los sobresueldos a los miembros del partido.
 
El informe que ha llegado a manos del juez desmonta una de las acusaciones al incidir que los ingresos recibidos por personas físicas o jurídicas, aunque hayan sido están exentos del Impuesto de Sociedades, y por tanto, no hay delito fiscal.
 
El área dirigida por Cristóbal Montoro basa su opinión en la Ley de Financiación de Partidos y especifica que las donaciones recibidas no tienen por qué ajustarse a la ley, aunque se deben destinar a financiar las actividades propias del partido. Queda por dilucidar a opinión del juez si pagar sobresueldos y pagar en negro parte de la reforma de la sede de Génova son actividades normales dentro de un partido político.
 
La diferencia de entre una sentencia condenatoria por fraude fiscal o incumplir la Ley de partidas es sustancial. Por fraude la ley contempla hasta cinco años de prisión y la segunda no va más allá de sanciones económicas.
 
Según las cuentas que registraba el extesorero del PP, Luis Bárcenas, la formación registró donaciones de 542.000 euros en 2007 y de 1.055.000 en 2008, ejercicios que no han prescrito y que superaban ampliamente los límites legales.
 

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