¿En qué consiste?
El impuesto a las eléctricas, igual que el impuesto a la banca, se trata de un impuesto que podría clasificarse como ideológico y que busca recaudar una parte de los beneficios extraordinarios de las empresas de estos sectores. Estos impuestos se aplicarán, por ahora, durante dos años, aunque según advierte Juan Carlos Higueras, profesor de EAE Business School “podrían perpetuarse en el tiempo como ocurrió con el impuesto al patrimonio”.
En el caso del impuesto a la banca, se grava con un 4,8% a los márgenes por intereses y comisiones del negocio, sobre los beneficios del 2022 y 2023. Como explica Darío García, analista de XTB, se trata de la provisión que los bancos hacen para cubrir los posibles impagos o morosidad fuera de los márgenes de riesgo que las entidades financieras consideran cubrir, de manera que las pérdidas derivadas por una mayor morosidad puedan cubrir esos gastos.
Para las energéticas, se grava el 1,2% sobre el importe neto de la cifra de negocios de aquellas compañías consideradas operadores principales y con una facturación superior a los 1.000 millones de euros. Gravará a los ingresos que procedan del mercado libre, quedando exentas aquellas del mercado regulado. En este caso, según explica Darío García, de XTB, cubren las expectativas de los precios de venta de las materias primas, como el gas o el petróleo, para cubrirse de una reducción de sus márgenes comerciales y que los costes superen ampliamente a los ingresos.
En el caso de los dos sectores, se gravan los ingresos generados dentro de España bajo el nombre de prestación patrimonial pública de carácter solidario, “lo que está haciendo que muchos bufetes jurídicos estén buscando argumentos para recurrirlo”, afirma Higueras.
¿Es justo?
En el caso de la banca, el profesor de EAE Business School señala que “El Banco Central Europeo elaboró un dictamen indicando que el impuesto distorsionaba la libre competencia en el mercado europeo, ponía en peligro los mecanismos de transmisión de las medidas de política monetaria, suponía un gravamen desproporcional y era muy probable su repercusión al cliente”.