La ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha anunciado este lunes a la entrada de un acto de Ayuda en Acción que la Inspección de trabajo regularizó en 2022 a 40.000 trabajadores que ejercían su empleo como falsos autónomos.
“En tres años hemos regularizado más de 80.000 personas que eran falsas autónomas”, recalcó la titular de Trabajo. Se trata de un método fraudulento que evita la contratación por cuenta ajena y que se suele asociar a las compañías de paquetería y reparto, aunque también se extiende a otras profesiones liberales (fisioterapeutas, médicos o abogados, entre otros).
¿Qué es un falso autónomo?
Se entiende por falso autónomo a aquellos que, pese a ser trabajadores por cuenta propia, tienen un salario establecido por un cliente al que benefician con su actividad y al que se encuentran subordinados, estableciendo este sus horarios, el espacio de trabajo o los medios de producción, por ejemplo.
Es común confundir a esta figura fraudulenta con la del Trabajador Autónomo Económicamente Dependiente (TRADE), que son los que reciben, como mínimo, tres cuartas partes de sus ingresos. Se diferencia del trabajador autónomo en que no puede tener empleados a su cargo, ni la posibilidad de subcontratar la actividad con terceros.
Multas por tener a un falso autónomo en la empresa
La cantidad a pagar por parte del empleador en caso de incurrir en fraude viene determinada en el artículo 22 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones del Orden Social, y divide entre tres niveles de sanciones, dependiendo de la gravedad de la falta cometida. Estas pueden ser de grado mínimo, de 3.126 a 6.250 euros; de grado medio, de 6.251 a 8.000 euros; y de grado máximo, de 8.001 a 10.000 euros.