La nueva legislación a favor del emprendimiento español fue una de las últimas propuestas lanzadas por el Gobierno el pasado año. Tras casi dos años de remodelaciones, la Ley 28/2022 de Fomento del Ecosistema de las Empresas Emergentes, comúnmente conocida como la Ley de Startups, se publicaba en el Boletín Oficial del Estado.
El doctor Fernando Moroy, presidente de la Red Business Angels Keiretsu de San Francisco en Madrid, experto en startups, analizaba en el Madrid Network, el pasado lunes, la evolución de esta ley hasta su puesta en marcha, así como los incentivos fiscales de esta ley de cara a las propias empresas emergentes, inversores y para los gestores. Un punto de vista experto sobre los cambios y advertencias a los que los actores principales de esta medida deben tener en cuenta.
Perspectivas fiscales para la propia startup
Para el doctor Moroy, y en referencia a la startup, la ley ha mejorado en cuanto a beneficios fiscales.
– Se reduce el tipo de impuesto de sociedades del 25 al 15% durante cuatro ejercicios, desde el primer periodo impositivo con Base Imponible (BI) positiva hasta los tres siguientes.
– Opción a aplazar una deuda del Impuesto de Sociedades desde el primer periodo impositivo con BI positiva y siguiente además de poder aplazar, sin garantías y sin intereses de demora, hasta 12 meses y 6 meses consiguientes.