La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, aprovechaba su paso por el Congreso el pasado jueves para explicar el techo de gasto, para poner sobre la mesa que el gobierno cree en la necesidad de “pedir un mayor esfuerzo a los mayores patrimonios y mayores rentas”. Traducido, que el Gobierno ahora sí apuesta por la propuesta realizada por Unidas Podemos en junio del año pasado y por la que ya se había postulado con anterioridad.
Así, el ejecutivo que preside Pedro Sánchez aboga por un impuesto a las “grandes fortunas” en el momento en el que Andalucía y Murcia se han sumado a Madrid en la bonificación plena del Impuesto de Patrimonio, que, en la práctica, supone su supresión definitiva, mientras que Galicia lo bonificará en un 25% más, con lo que quedará en el 50%.
Qué se considera "grandes fortunas"
Lo primero que hay que poner sobre la mesa es qué se considera “grandes fortunas” en España. Mediante el IRPF, en nuestro país comprobamos que hay hasta 11.113 contribuyentes, en datos de 2020, que cotizan por encima de los 600.000 euros anuales. Es una cifra que ha bajado cerca de un 7% y supone el 0,05% del total de los declarantes.
Pero como todos sabemos, las “grandes fortunas” no entran en los parámetros del IRPF, ni mucho menos, porque su tributación es claramente diferente. Hasta 2021 lo hacían en buena medida vía Sicav, Sociedades de Inversión de Capital Variable, pero con la reforma de 2021, más de dos tercios de ellas se han liquidado.
Si lo que miramos es el Impuesto de Patrimonio, vemos que el gravamen a la riqueza se considera a partir de los 700.000 euros, descontando los 300.000 euros de valor de la vivienda habitual. Algo que, también cambia según las regiones, con Cataluña y la Comunidad Valenciana desde el medio millón o Aragón con 400.000 euros. En 2020, fueron 200.000 los contribuyentes que abonaron este impuesto.