Ser autónomo y confiar en que durante un periodo de tiempo se pueda disfrutar de una tranquilidad fiscal es posible. La Administración ofrece a este sector de la economía un margen de 30 días en el que no se enviará ninguna notificación al interesado y así permitirle desconectar de su actividad laboral brevemente.
Las sanciones que implica no atender requerimientos tributarios supone una multa que oscila entre los 150 euros y los 600.000 euros según la gravedad de la notificación. Penas que pueden ser penales, civiles o administrativas, asumiendo al trabajador en una situación complicada. Para ello, la Agencia Estatal de Administración Tributaria concede un máximo de un mes, conocidos oficialmente como “días de cortesía”, en los que el autónomo se asegura de no recibir nada por parte del Fisco.
Las notificaciones fiscales llegan a través del sistema de Dirección Electrónica Habilitada (DEH), herramienta de obligada utilización para los trabajadores autónomos, en especial, aquellos cuya actividad profesional está colegiada, que representan a un tercero o son, en sí mismos, personas jurídicas. En el momento en que el profesional se da de alta en este buzón electrónico, el sistema 060, implica automáticamente al interesado a consultarlo periódicamente para atender a posibles requerimientos procedentes de Hacienda.
De ahí la importancia de solicitar correctamente estos días de descanso fiscales en época de vacaciones. En el supuesto de que, durante ese lapso de tiempo, la AEAT enviara una notificación al autónomo, independientemente de si la lee o no, y no haber hecho la solicitud de dichos días, el tiempo de respuesta se sigue consumiendo. Tras diez días sin respuesta alguna, la Administración asume que la correspondencia ha sido correctamente notificada y el periodo sancionador empieza a contar.
Aspectos a tener en cuenta para solicitar las vacaciones fiscales
Todo autónomo tiene derecho a solicitar sus días de cortesía a Hacienda, decida el periodo del año que decida. El interesado puede acceder a través del portal web de la Agencia Tributaria y señalar los 30 días del año en lo que solicita no recibir notificación alguna de Hacienda. No obstante, es oportuno considerar ciertos aspectos antes de cerrar durante un tiempo el ordenador: