El auto del juez hace hincapié en que "el pánico y la desconfianza de los clientes provocó una fuga de depósitos acumulada entre los días 10 y 13 de marzo de 2015 de 124 millones de euros". Al cierre de la jornada del viernes 13 estaban registradas de forma adicional órdenes de retirada de depósitos por otros 52,3 millones de euros y existía el riesgo cierto de que las gestoras de fondos pudieran cursar órdenes a BANCO DE MADRID, S.A.U. para retirar más efectivo, traspasándolo a cuentas de otras entidades, lo que implicaría la salida inmediata de un importe cercano a unos 150 millones de euros en total. "Ello habría colocado a la entidad en una situación de tesorería negativa de más de 100 millones de euros", explica el auto. Es decir, la habrían convertido en insolvente.
El proceso fuerza la sustitución de los administradores que el Banco de España había nombrado en el momento de la intervención de la entidad, con lo que el juez ha nombrado ahora como nuevo administrador concursal a la firma Legal y Económico, a propuesta del Fondo de Garantía de Depósitos (FGD).
La apertura de la liquidación "supondrá el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones", explica el auto, en el que el juez llama además a los acreedores de la entidad a poner en conocimiento de las autoridades concursales la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, desde la publicación en el BOE. "La comunicación de los créditos por parte de los acreedores deberá verificarse en el domicilio designado al efecto por la Administración concursal mediante presentación en dicho domicilio o bien envío al mismo. La comunicación de créditos efectuada al Juzgado no se tendrá por válidamente practicada", advierte el juez.
El auto señala que "la verificación del concurso ante la insolvencia inminente de BANCO DE MADRID, S.A.U. reviste en el presente caso especial trascendencia, en atención al elevado número de clientes que se verán afectados por la declaración de concurso de la entidad, la petición liquidatoria de la deudora que a la misma se acompaña y las consecuencias de extrema gravedad que todo ello puede suponer para el erario público y, muy en particular, para los trabajadores de la empresa".
El juez explica que "dichos clientes y trabajadores pueden preguntarse razonablemente cómo es posible que una entidad bancaria que, superando hasta muy cercanas fechas todos los controles de los órganos de supervisión, disfrutaba de una buena salud financiera, haya podido en pocos días caer en una situación de insolvencia que motiva su declaración de concurso y que puede resultar terminal para la continuidad de su actividad".