Madrid convoca 750.000 € para cuidados a mayores en municipios rurales

Plazo de 10 días hábiles desde el 27 de octubre para que las mancomunidades soliciten hasta 375.000 € por proyecto.

El Gobierno de la Comunidad de Madrid publica hoy en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid la convocatoria de subvenciones 2026 para dinamización y emprendimiento rural, con 750.000 euros en total destinados a financiar servicios de cuidado a personas mayores en el ámbito rural.

¿Qué financia esta convocatoria?

Las ayudas sufragan programas de servicios a personas mayores de 65 años no dependientes en municipios de menos de 2.500 habitantes. Su objetivo es mantener a los mayores en su entorno, frenar la despoblación y atraer nueva población al territorio a través del «cuidado». El período subvencionable va del 1 de junio de 2026 al 31 de mayo de 2028.

¿Quién puede solicitarla?

Solo pueden ser beneficiarias las mancomunidades de municipios de la Comunidad de Madrid legalmente constituidas que tengan previstas en sus estatutos competencias en materia de servicios sociales y lleven o pretendan llevar a cabo un programa de servicios a mayores de 65 años no dependientes en municipios de menos de 2.500 habitantes pertenecientes a las mismas.

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¿Cuánto dinero hay y cuánto puede recibir cada beneficiaria?

El crédito total es de 750.000 euros, con cargo al programa 942O «Reequilibrio Territorial». La ayuda puede cubrir hasta el 100% del importe solicitado, con un límite máximo de 375.000 euros por proyecto y mancomunidad para todo el período subvencionable. Se subvencionarán dos proyectos, aunque si queda crédito disponible podrán financiarse proyectos adicionales.

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo de presentación de solicitudes es de 10 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del extracto, es decir, desde el 27 de octubre de 2026.

¿Qué gastos son subvencionables?

Son elegibles servicios de comidas (con alimentos saludables y de proximidad), salud (fisioterapia, podología, psicología), terapia ocupacional y dinamización, traslados de usuarios, lavandería, peluquería a domicilio y otras terapias individuales o grupales como logopedia. Cada beneficiaria debe prestar al menos 2 de estas actividades, siendo obligatorio incluir el servicio de comidas.

¿Qué compromisos exige la convocatoria?

La mancomunidad debe acreditar razones de necesidad para cada servicio prestado mediante informe de trabajador social, médico u otro profesional competente por usuario o grupo de usuarios. Los servicios no son subvencionables con carácter general para todos los usuarios sin dicha acreditación.

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