El Gobierno de Andalucía publica hoy en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la convocatoria 2027 de ayudas para el fomento de las razas autóctonas españolas, dirigida a organizaciones de criadores reconocidas en la comunidad autónoma.
«¿Qué financia esta convocatoria?»
Las subvenciones sufragan actividades incluidas en los programas de cría oficialmente aprobados y la implantación del logotipo «Raza Autóctona». En concreto cubren tres líneas: creación y mantenimiento de libros genealógicos y conservación de recursos genéticos (hasta el 100 % del coste), control de rendimiento y evaluación genética (hasta el 70 %), e implantación y promoción del logotipo Raza Autóctona (hasta el 100 %).
«¿Quién puede solicitarlas?»
Pueden acceder las organizaciones de criadores oficialmente reconocidas por la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía, así como entidades públicas sujetas a Derecho Administrativo reconocidas para la gestión de programas de cría de razas autóctonas. También las asociaciones que formen parte de federaciones o confederaciones beneficiarias y que ejecuten parte de las actividades subvencionadas.
«¿Hasta cuándo se puede pedir?»
El plazo de presentación de solicitudes es de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
«¿Cómo y dónde se solicita?»
La solicitud se presenta exclusivamente de forma electrónica en el Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía, a través del procedimiento 26048, disponible en: https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/26048.html. Junto al formulario del Anexo I debe aportarse documentación acreditativa y una memoria detallada de actividades, programación y presupuesto.
«¿Qué gastos concretos son elegibles?»
Entre los conceptos subvencionables figuran software y hardware para libros genealógicos, pruebas genéticas, sueldos y Seguridad Social del personal técnico, auditorías de cuentas, bancos de germoplasma, transferencia de embriones e inseminación artificial, controles de rendimiento en explotaciones y actividades de promoción del logotipo. Las actividades informativas tienen un límite de 2.000 €/año por asociación y las de promoción del logotipo, de 3.000 €/año por asociación. Los gastos de personal no pueden superar el 80 % de la subvención máxima total que corresponda a cada entidad.
«¿Qué compromisos exige la convocatoria?»
Los beneficiarios deben conservar la documentación justificativa durante 5 años, continuar gestionando el programa de cría al menos un año desde la solicitud si se usan conceptos de conservación de recursos genéticos, y destinar los bienes inventariables subvencionados a su fin durante un mínimo de 5 años si son inscribibles en un registro público, o 2 años el resto. Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva.
