La Unión Europea prepara un nuevo sistema para evitar que los inversores soporten una retención fiscal excesiva al cobrar dividendos o intereses procedentes de otro Estado miembro. La reforma podría generar un ahorro conjunto de 5.170 millones de euros al año, alrededor de 500 euros por inversor afectado.
Actualmente, una persona que invierte en una empresa extranjera puede sufrir una retención en el país donde se encuentra la compañía y, posteriormente, tributar de nuevo en su Estado de residencia. Aunque los convenios internacionales permiten recuperar parte de lo pagado, los procedimientos son lentos, costosos y diferentes en cada país.
La respuesta de Bruselas es la directiva FASTER, aprobada por el Consejo de la Unión Europea para armonizar y acelerar la devolución de las retenciones practicadas en exceso. Los Estados miembros deberán trasladarla a sus legislaciones antes del 31 de diciembre de 2028 y aplicarla desde el 1 de enero de 2030.
Un certificado fiscal en un solo día
Una de las principales novedades será la creación de un certificado digital común de residencia fiscal. El documento deberá expedirse en un plazo máximo de un día laborable y podrá utilizarse para reclamar varias devoluciones durante el mismo año.
El sistema sustituirá buena parte de los certificados en papel que todavía exigen las administraciones nacionales. De este modo, un inversor con acciones de compañías de distintos países europeos no tendrá que solicitar un documento diferente para cada operación o mercado.
La directiva permitirá a los Estados elegir entre dos procedimientos. El primero aplicará directamente en origen el tipo fiscal reducido previsto en el correspondiente convenio de doble imposición. Así, el inversor recibirá el dividendo sin que se le descuente previamente una cantidad superior a la que le corresponde.
Devoluciones en un máximo de 50 días
La segunda alternativa será un mecanismo de devolución rápida. En este caso, el país donde se origina el dividendo podrá practicar inicialmente su retención habitual, pero deberá devolver el exceso cobrado en un plazo máximo de 50 días desde el pago.
La reforma pretende acabar con una estructura administrativa formada por más de 450 formularios diferentes en el conjunto de la Unión Europea. Muchos de estos documentos únicamente están disponibles en el idioma del país que realiza la retención.
Los intermediarios financieros certificados, como bancos, brókeres y depositarios, deberán comunicar a las administraciones los pagos de dividendos e intereses. También tendrán que verificar la residencia fiscal del cliente y que este sea el beneficiario real de los valores.
Bruselas refuerza el control contra el fraude
La simplificación irá acompañada de mayores obligaciones de información para evitar que el nuevo sistema sea utilizado para solicitar devoluciones indebidas. Los grandes intermediarios financieros europeos deberán inscribirse en registros nacionales y compartir los datos necesarios para reconstruir cada operación.
Bruselas también busca responder a fraudes como los denominados Cum/Ex y Cum/Cum, mediante los que varios inversores reclamaban devoluciones sobre un mismo impuesto. La Comisión Europea estima que estas prácticas provocaron pérdidas fiscales de aproximadamente 150.000 millones de euros entre 2000 y 2020.
Para los inversores españoles, la medida facilitará la recuperación de las retenciones aplicadas al cobrar dividendos de compañías europeas. España presenta una carga media estimada del 5,26% sobre los dividendos extranjeros después de considerar las retenciones y los mecanismos disponibles para evitar la doble imposición.
La reforma no convierte los dividendos en rentas exentas ni elimina los impuestos que corresponda pagar en España. Su objetivo es que se aplique desde el principio el tipo correcto o que el dinero retenido de más se devuelva con rapidez, reduciendo uno de los principales obstáculos para invertir fuera del país de residencia.
