Andalucía convoca ayudas 2027 para fomento de razas autóctonas españolas

Plazo de 10 días hábiles desde la publicación del extracto en el boletín para solicitar las subvenciones.

El Gobierno de Andalucía publica hoy en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la convocatoria 2027 de ayudas para el fomento de las razas autóctonas españolas, dirigida a organizaciones de criadores reconocidas en la comunidad autónoma.

«¿Qué financia esta convocatoria?»

Las subvenciones sufragan actividades incluidas en los programas de cría oficialmente aprobados y la implantación del logotipo «Raza Autóctona». En concreto cubren tres líneas: creación y mantenimiento de libros genealógicos y conservación de recursos genéticos (hasta el 100 % del coste), control de rendimiento y evaluación genética (hasta el 70 %), e implantación y promoción del logotipo Raza Autóctona (hasta el 100 %).

«¿Quién puede solicitarlas?»

Pueden acceder las organizaciones de criadores oficialmente reconocidas por la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía, así como entidades públicas sujetas a Derecho Administrativo reconocidas para la gestión de programas de cría de razas autóctonas. También las asociaciones que formen parte de federaciones o confederaciones beneficiarias y que ejecuten parte de las actividades subvencionadas.

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«¿Hasta cuándo se puede pedir?»

El plazo de presentación de solicitudes es de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

«¿Cómo y dónde se solicita?»

La solicitud se presenta exclusivamente de forma electrónica en el Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía, a través del procedimiento 26048, disponible en: https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/26048.html. Junto al formulario del Anexo I debe aportarse documentación acreditativa y una memoria detallada de actividades, programación y presupuesto.

«¿Qué gastos concretos son elegibles?»

Entre los conceptos subvencionables figuran software y hardware para libros genealógicos, pruebas genéticas, sueldos y Seguridad Social del personal técnico, auditorías de cuentas, bancos de germoplasma, transferencia de embriones e inseminación artificial, controles de rendimiento en explotaciones y actividades de promoción del logotipo. Las actividades informativas tienen un límite de 2.000 €/año por asociación y las de promoción del logotipo, de 3.000 €/año por asociación. Los gastos de personal no pueden superar el 80 % de la subvención máxima total que corresponda a cada entidad.

«¿Qué compromisos exige la convocatoria?»

Los beneficiarios deben conservar la documentación justificativa durante 5 años, continuar gestionando el programa de cría al menos un año desde la solicitud si se usan conceptos de conservación de recursos genéticos, y destinar los bienes inventariables subvencionados a su fin durante un mínimo de 5 años si son inscribibles en un registro público, o 2 años el resto. Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva.

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