El Gobierno de Illes Balears publica en el Butlletí Oficial de les Illes Balears una convocatoria de ayudas para compensar el sobrecoste de los fertilizantes que soportan las explotaciones agrarias de la comunidad como consecuencia de la crisis en Oriente Medio, con un presupuesto total de 1.500.000 € y plazo de solicitud hasta el 27 de noviembre de 2026.
«¿Qué financia esta ayuda?»
La ayuda compensa el incremento extraordinario del coste de los fertilizantes sufrido por los productores agrarios de Illes Balears durante el periodo comprendido entre el 1 de marzo de 2026 y el último día del plazo de solicitud. Se enmarca en el Decreto Ley 1/2026 y en el Reglamento de ejecución (UE) 2026/1894, que prevén medidas de emergencia para los agricultores afectados por la crisis en Oriente Próximo.
«¿Quién puede pedirla?»
Pueden solicitarla personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, o agrupaciones sin personalidad jurídica de Illes Balears que sean titulares de una explotación agraria inscrita en el Registro Autonómico de Explotaciones Agrícolas (REA) y pertenezcan a alguno de los sectores del artículo 1.2 del Reglamento (UE) 1308/2013. Además, deben cumplir al menos uno de estos requisitos específicos: ser titular de explotación prioritaria en el REA, haber sido beneficiarias de las ayudas PEPAC (código 6613) de zonas de montaña o con limitaciones específicas en las convocatorias de 2025 o 2026, o —para productores con la mayor parte de hectáreas en Formentera— haber recibido ayudas directas de la PAC en las convocatorias de 2025 o 2026.
«¿Cuánto dinero puede recibir mi explotación?»
Los importes unitarios son 67,00 €/ha de secano y 176,00 €/ha de regadío, aplicables sobre un máximo de 300 hectáreas (contabilizando primero las de regadío). Si ya se ha recibido la ayuda estatal, la cuantía se reduce a 38,33 €/ha de secano y 92,50 €/ha de regadío. No se concede ninguna ayuda inferior a 100,00 €, y el importe máximo por beneficiario es de 50.000,00 €.
«¿Hasta cuándo se puede solicitar?»
El plazo de presentación de solicitudes va desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el boletín hasta el 27 de noviembre de 2026.
«¿Cómo y dónde se presenta la solicitud?»
Las solicitudes deben presentarse mediante el formulario disponible en la web del FOGAIBA. Las personas obligadas a relacionarse electrónicamente —y quienes opten por ello— deben usar el trámite telemático de la Sede Electrónica de la Comunidad Autónoma de Illes Balears. También es posible presentarlas en los registros del FOGAIBA, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural o en cualquier registro habilitado por la Ley 39/2015. Las notificaciones del procedimiento son obligatoriamente electrónicas para todos los participantes.
