El Diari Oficial de la Generalitat Valenciana publica la convocatoria de subvenciones para actividades de prevención de riesgos laborales en empresas de la Comunitat Valenciana, con un presupuesto total de 992.025,15 euros para el ejercicio 2026.
«¿Qué financia esta convocatoria?»
Las ayudas sufragan acciones sectoriales e intersectoriales de información y divulgación, asistencia técnica y formación dirigidas a mejorar las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, especialmente en pequeñas empresas (menos de 50 trabajadores). No se financian acciones que cubran obligaciones preventivas legales ya exigidas a la empresa.
«¿Quién puede solicitarlas?»
Pueden ser beneficiarias las organizaciones sindicales y empresariales representativas en su ámbito sectorial, las fundaciones u otras entidades constituidas por estas, y las agrupaciones de dichas organizaciones aunque carezcan de personalidad jurídica. Es obligatorio tener delegación o sede en la Comunitat Valenciana, estar legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente.
«¿Cuánto dinero puede recibir cada entidad?»
La cuantía máxima por entidad y convocatoria es de 300.000 euros: hasta 200.000 € para el proyecto intersectorial y hasta 100.000 € para el proyecto sectorial. Del total de 992.025,15 €, el 50 % (496.012,58 €) se destina a acciones sectoriales y el 50 % restante a acciones intersectoriales.
«¿Hasta cuándo se puede solicitar?»
El plazo de presentación es de diez días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. Las solicitudes deben estar grabadas en el registro electrónico antes de las 23:59:59 horas del último día.
«¿Cómo y dónde se solicita?»
Exclusivamente de forma telemática a través de la sede electrónica de la Generalitat (https://sede.gva.es/proc95325), con certificado electrónico de representante de persona jurídica. Las dudas sobre el contenido de la convocatoria se atienden en [email protected].
«¿Qué gastos son subvencionables?»
Son elegibles los gastos de personal propio y contratado, alquiler de equipos informáticos, materiales de apoyo, desplazamientos y dietas, publicidad y difusión, e informe de auditor (hasta el 5 % de la subvención). Los costes indirectos son imputables hasta un máximo del 10 % del importe total justificado. El periodo de ejecución abarca del 1 de marzo de 2026 al 28 de febrero de 2027.
