El Gobierno del País Vasco publica en el Boletín Oficial del País Vasco la convocatoria de subvenciones para impulsar el programa Faros de Innovación en las modalidades Erronkak y Plataformak, con un presupuesto total de 19.115.000 euros para el período 2026-2028.
«¿Qué financia esta convocatoria?»
La línea Erronkak financia proyectos de alto impacto que cubren la cadena de valor desde la generación de conocimiento hasta su validación, adopción o escalado, enmarcados en los nueve Faros de Innovación: inteligencia artificial, tecnologías cuánticas, ciberseguridad, descarbonización, alimentación saludable y sostenible, salud única, salud personalizada y de precisión, condicionantes sociales de la salud, y demografía y retos sociosanitarios. La línea Plataformak financia infraestructuras estratégicas científico-tecnológicas, espacios de datos y bancos de muestras al servicio de toda la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación.
«¿Quién puede solicitar estas ayudas?»
Las solicitudes deben presentarse obligatoriamente como consorcio. Pueden participar: agentes acreditados en la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación (RVCTI), empresas incluidas pymes que colaboren con agentes de la RVCTI, y organismos públicos que no sean Administración pública ni formen parte del sector público vasco. El consorcio debe incluir al menos un agente científico de la RVCTI y un agente no científico, con coliderazgo definido entre ambos perfiles.
«¿Cuánto dinero hay disponible?»
El crédito total asciende a 19.115.000 euros, distribuidos así: la línea Erronkak cuenta con 13.500.000 euros (4.500.000 euros por año en 2026, 2027 y 2028) y la línea Plataformak dispone de 5.615.000 euros (3.615.000 euros en 2026, 1.000.000 euros en 2027 y 1.000.000 euros en 2028). Si en una línea queda crédito remanente, puede redistribuirse a la otra.
«¿Qué gastos cubre la subvención?»
Son subvencionables: costes de personal propio o de nueva contratación directamente vinculado al proyecto (con límite del 70% del presupuesto total); contratación de servicios, asistencias técnicas, consultoría, evaluación y comunicación; movilidad y desplazamiento del personal; y adquisición de pequeño equipamiento científico con valor individual inferior a 20.000 euros sin IVA. No son subvencionables el equipamiento informático ni el material de oficina.
«¿Cómo y dónde se solicita?»
La tramitación es exclusivamente electrónica, conforme al artículo 14.2 de la Ley 39/2015. La solicitud debe presentarla la entidad designada como representante del consorcio, que debe aportar el acuerdo de consorcio firmado por todos los participantes. Cada solicitud debe encuadrarse en una sola modalidad: Erronkak o Plataformak, aunque un mismo consorcio puede presentar solicitudes en modalidades distintas.
«¿Cómo se decide quién recibe la ayuda?»
Las subvenciones se conceden en régimen de concurrencia competitiva, valorando las solicitudes según criterios de impacto, calidad científica, gobernanza multiagente, proyección europea o global y capacidad de transferencia. Una misma empresa no puede asumir más del 70% de los costes subvencionables cuando colabore con organismos de investigación.
